INFORMACIÓN PARA PROPIETARIOS DE CASTILLOS- IMPUESTO IBI- EXENCIONES
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La Asociación Española de Amigos de los Castillos quiere informar que, de acuerdo con la normativa vigente sobre Haciendas Locales, el primero de enero se ha devengado el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para el año 2015.
Desde la Asociación de Amigos de los Castillos somos conscientes de lo gravoso de este impuesto y por ello queremos recordarte que algunos inmuebles históricos están exentos, previa petición y concesión por parte del municipio correspondiente, de dicho impuesto.
En concreto, la mencionada exención afecta a los siguientes edificios históricos:
- Los declarados expresa e individualizadamente monumento o jardín histórico de interés cultural.
Consulte la Base de Datos del Ministerio a este respecto http://www.mecd.gob.es/bienes/cargarFiltroBienesInmuebles.do?layout=bienesInmuebles&cache=init&language=es)
- Los inmuebles a los que se refieren las disposiciones adicionales primera segunda quinta de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
-La Disposición Adicional Primera alude a los bienes que con anterioridad a la Ley hayan sido declarados histórico-artísticos o incluidos en el Inventario del Patrimonio Artístico y Arqueológico de España.
-La Disposición Adicional Segunda apunta a los bienes a los que se contraen los Decretos de 22 de abril (sobre protección de los castillos españoles), el 571/1963 (sobre protección de los escudos, emblemas, piedras heráldicas, rollos de justicia, cruces de término y piezas similares de interés histórico-artístico) y el 499/1973 (sobre hórreos y cabazos).
- En zonas arqueológicas, los incluidos como objeto de especial protección en instrumentos de planeamiento urbanístico.
- En sitios o conjuntos históricos, los que cumplan con los siguientes tres requisitos:
- Tener una antigüedad igualo superior a cincuenta años.
- Estar incluidos en el catálogo urbanístico como objeto de protección integral.
- Encontrarse dentro del perímetro del Conjunto Histórico o Sitio Histórico declarado.