PREÁMBULO
Dentro del amplio conjunto del Patrimonio Histórico de España, destacan los elementos de arquitectura defensiva como parte fundamental del legado monumental heredado y de la mayoría de los paisajes culturales del país.
El término Arquitectura Defensiva comprende al conjunto de estructuras que se han construido a lo largo de la historia para la defensa y el control de un territorio, del cual forman parte indisoluble. Esta arquitectura constituye una de las expresiones más claras e inteligibles de la historia, ligada de forma muy directa a acontecimientos transcendentes y a personas y colectividades que han jugado papeles relevantes a lo largo de los tiempos. Su presencia en lugares estratégicos, tanto en poblaciones como en el medio natural, ha provocado su integración como elementos singulares en el paisaje natural y urbano.
Sin embargo, la pérdida de la función original de la arquitectura defensiva o fortificada, ha favorecido su destrucción o deterioro, de manera que la situación general de muchos de estos monumentos alcanza un estado próximo a la ruina.
Durante el siglo XX se ha generalizado la protección legal de este Patrimonio, no obstante se considera escasa y requiere una actualización la contenida en el Decreto de 22 de Abril de 1949 en cuatro artículos y en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 16/1985 del 25 de Junio del Patrimonio Histórico Español.
Debido a su gran extensión y complejidad, este significativo conjunto de bienes de interés cultural ha sido poco atendido y la preocupante magnitud de su degradación actual requiere la adopción de medidas adecuadas, tanto técnicas, como administrativas y económicas para su protección y conservación.
De acuerdo con lo expresado en los Artículos 46, 148 y 149 de la Constitución Española, los participantes de las Jornadas Técnicas sobre Castillos y Arquitectura Defensiva en España, reunidos en el municipio de Baños de la Encina (Jaén), proponen elevar al Consejo del Patrimonio Histórico Español la presente Carta con las siguientes
RECOMENDACIONES:
1. CONOCIMIENTO.
El adecuado y riguroso conocimiento de este Patrimonio ha de ser la base imprescindible antes de cualquier intervención. Para tal fin, se utilizará la metodología científica adecuada, así como el conjunto de instrumentos pertinentes para cada caso. Toda propuesta de actuación estará supeditada a las estrategias derivadas de dicho conocimiento. Los resultados de esas actuaciones tendrán que tener un carácter público y serán accesibles al ciudadano.
2. PAISAJE CULTURAL
La arquitectura defensiva forma parte indisoluble del paisaje cultural en el que se inserta y al que caracteriza. Los elementos que componen esta arquitectura están relacionados entre sí dentro de ese paisaje y, en consecuencia, deberán ser tratados como agrupaciones completas de sistemas generales defensivos, con metodología similar.
3. MEMORIA HISTÓRICA
Los bienes culturales que forman el Patrimonio de Arquitectura Defensiva son documentos fundamentales para la recuperación de la memoria histórica. Para tal fin, se utilizarán los procedimientos científicos y metodológicos adecuados en los aspectos históricos, arquitectónicos, constructivos y arqueológicos, así como cualquier otro que concurra en el ámbito del bien cultural en cuestión.
4. ARQUITECTURA DEFENSIVA Y POBLAMIENTO
La arquitectura defensiva es un instrumento fundamental para el conocimiento y desarrollo de los asentamientos de población. Más allá de su estricta dimensión territorial, también afecta a la dinámica del desarrollo urbano, con especial incidencia en el caso de las murallas que han servido para la protección de las ciudades y determinado también el sentido de su urbanística. Como método de protección es necesario que los Planeamientos Urbanísticos lo contemplen.
5. FUNCIÓN Y USO
La función o utilización de estos bienes patrimoniales será siempre consecuente con su propio valor cultural, pero también compatible con la integridad y autenticidad del monumento en sí.
6. DIFUSIÓN
Los poderes públicos atenderán al establecimiento de programas de difusión, para promover la visita, el conocimiento y la adecuada interpretación de este patrimonio, así como al de programas de investigación que garanticen el desarrollo de las líneas de actuación iniciadas para estos bienes culturales, facilitando el acceso de su conocimiento al ciudadano.
7. APLICACIÓN Y DESARROLLO
El desarrollo y aplicación de lo expuesto en la presente Carta deberá ser realizado de forma conjunta por las diversas Administraciones Públicas, así como cuantas Instituciones puedan contribuir o tener interés en el cumplimiento de los fines que aquí se expresan, aportando en su caso para ello los medios técnicos, administrativos y económicos que se requieran de acuerdo con los correspondientes estudios para su viabilidad económica.
8. METODOLOGÍA
Toda propuesta de intervención en este patrimonio se supeditará a las estrategias derivadas de su conocimiento. Para ello, y con el fin de garantizar la conservación y difusión de sus valores, se aconseja la aplicación de la metodología de actuación que se expone seguidamente.
8.1.- Elaboración de un inventario correctamente georreferenciado, público, común y accesible por los ciudadanos para identificar cuales y cuantos son los Sistemas, Conjuntos y Construcciones que lo componen, que a la vez permita su estudio global - y que identifique, describa y valore, cuáles, cuántos y en que estado se encuentran los elementos que lo constituyen y su entorno - y que por otra parte contribuya a la buena gestión de su conservación.
8.2.- Previa a cualquier intervención es precisa la adquisición del mayor conocimiento posible sobre el monumento y su entorno mediante la elaboración de los siguientes estudios:
• Análisis histórico, arqueológico, artístico y documental.
• Análisis de su función histórico-militar (estrategia, táctica y logística)
• Análisis territorial y del paisaje.
• Análisis material (definición geométrica, estudio del entorno, definición constructiva y estructural, estado de lesiones, caracterización de materiales que lo componen y sustentan etc.)
• Análisis jurídico y de normativas.
• Análisis económico sobre la viabilidad
8.3.- Síntesis y evaluación de toda la información adquirida y establecimiento de hipótesis para su conservación, mantenimiento, gestión y puesta en valor.
8.4.- Realización de las actuaciones en base a las premisas antes establecidas y en función de los estudios realizados, ampliando éstos con la información que ofrezca la propia intervención.
8.5.- Documentación y control, por parte de todas las Administraciones implicadas, del desarrollo del proceso de intervención, desde su inicio hasta su finalización, incluyendo la divulgación de dicho proceso.
8.6.- Conservación preventiva y mantenimiento de las intervenciones.
Se dará cuenta al Consejo del Patrimonio Histórico del desarrollo de las actuaciones que se lleven a cabo siguiendo estas recomendaciones, para lo cual se estima necesario la convocatoria periódica con temasespecíficos relacionados con este Patrimonio.